Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del derecho que les asiste a los ciudadanos NANCY DEL CARMEN VILLARREAL MORENO, MARITZA AUXILIADORA VILLARREAL MORENO, CARMEN CONSUELO VILLARREAL MORENO, YANETT COROMOTO VILLARREAL MORENO, YSABEL TERESA VILLARREAL MORENO y EDGARDO JOSÉ VILLARREAL  ALBORNOZ, en su carácter de hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del  extinto ELBANO DE JESÚS VILLARREAL, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. 
                        EL JUEZ TITULAR,
                                                  ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO. 
LA SECRETARIA TITULAR,
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