"... Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida y Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO Nros. 43 y 87, de fecha 12 de Junio de 1954 y 17 de diciembre de 1958, procedentes de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Mucurubá Municipio Rangel del Estado Bolivariano de Mérida y el Registro Principal del Estado Bolivariano de Mérida, correspondiente a los ciudadanos NANCY MARÍA PARRA DE MORENO y GERARDO ENRIQUE PARRA PARRA, en las cuales se evidencia que el Nombre de su progenitora fue transcrito como "EFIGENIA" y no como "MARÍA EFIGENIA", que era su verdadero nombre. Quedando así debidamente rectificadas las ACTAS DE NACIMIENTO, solicitadas por los ciudadanos debidamente identificados en autos, debidamente asistidos .....