DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda: Se Declara con lugar la solicitud de Calificación de Aprehensión en Flagrancia Cuyo hecho fue precalificado como robo agravado lesiones leves intencionales y porte de arma blanca, tipificado en el artículo 458, 413 , 416 y 277 del Código Penal, en contra del adolescente ANTES IDENTIFICADO y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes . b) Decreta medida cautelar "no" privativa de libertad de conformidad con el artículo 582 letra "c" EIUSDEM. c) Se acuerda el procedimiento breve dentro del término legal, remítase las actuaciones al tribunal de juicio. D) Se acuerda el pedimento de la defensa de la realización del informe social, con la trabajadora Social Edelin Villalobos. Ofíciese. Líbrese la boleta de excarcelación. Las Partes quedaron notificadas de la presente decisión en la audiencia emitida en esta misma fecha. Ofíciese. .....