En consecuencia, este Despacho, acuerda conforme a lo solicitado y HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito, impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y se abstiene de archivar el presente expediente hasta tanto se cumpla con las obligaciones contraídas en el presente convenimiento. DEMANDANTE: ABG. CARLOS ALBERTO BELANDRIA MORA apoderado judicial del ciudadano JOSÉ ANTONIO ALTUVE DEMANDADA: ZULAY ROCIO PALENCIA RODRIGUEZ.- MOTIVO: DESALOJO.- CÚMPLASE