Visto, el convenimiento suscrito por ante éste Tribunal por los ciudadanos: NATHALIA DEL CARMEN RAMIREZ PAREDES y JESUS HONORIO ALBARRAN BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, solteros, la primera de oficios del hogar y el segundo comerciante, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-28.079.325 y V-27.340.811, domiciliados la primera en Residencias el Conte, apartamento 1-E de la población de la Mesa de Esnujaque, Municipio Urdaneta del Estado Trujillo y el segundo en el sector las Mercedes cerca de Mesa Alta de èsta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Fijación de Obligación de Manutención y Bonos Especiales a favor de su hija(identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Organica para la Proteccion de los Niños, Niñas y Adolescentes).-