Primero: CON LUGAR LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana JOSEFINA DEL CARMEN CAÑIZALEZ MARTINEZ, contra PROMOCIONES 181818, C.A., en la persona del ciudadano IGOR FLASZ GOLDBERG.
Segundo: Se ordena a PROMOCIONES 181818, C.A., en la persona del ciudadano IGOR FLASZ GOLDBERG, cumpla de manera inmediata con la Providencia Administrativa Nº 046-2009-01-00152, proferida por la Inspectoría del Trabajo del Estado Mérida, de fecha 20 de noviembre de 2009, que ordenó el Reenganche y Pago de Salarios Caídos de la accionante, debiendo la empresa participar por escrito a este Tribunal la forma efectiva de cumplimiento de la presente Acción Constitucional.
Tercero: se condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Cuarto: De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el presente mandamiento debe ser acatado por todas las autoridades de la República, so pena de incurrir en des.....