Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: De conformidad con el literal “a” del artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público contra los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, bajo la cualidad de autores, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Emanuel D’ Jesús León Mora, Anderson Gerardo Pernía Monsalve, Ivandry Milagros Guillén Becerra, y, Jerso Eduardo Esca.....