DISPOSITIVA
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara como flagrante la aprehensión del ciudadano: OLIVO JUAN OVIDIO RONDON UZCATEGUI, natural del estado Mérida, nacido en fecha 08-05-1978, de 38 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula V-14.623.612, oficio u profesión chofer, domiciliado en el Sector San Felipe, casa s/n, entrada a la parroquia mesa de las palmas, Santa Cruz de Mora, municipio Antonio Salinas del estado Bolivariano de Mérida. SEGUNDO: Precalifica los delitos como JUAN OVIDIO RONDON UZCATEGUI, fue aprehendido en situación de flagrancia y la precalificación del delito se corresponde al de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 42 .....