Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No. 06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve: PRIMERO: Estima acreditada con las actuaciones acompañadas con su solicitud por la Representación Fiscal, anteriormente señaladas, la comisión del delito que el Ministerio Público precalifica como POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano ELIBAR ALFONSO FRANCO GARAY, por funcionarios adscritos a la Brigada Especial de la Sub/Comisaría Policial No. 12 El Vigía, Estado Mérida, el día doce (12) de los corrientes, en las i.....