JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Dieciséis de Abril de Dos Mil Diez.
199º y 151º
Por recibida por distribución la anterior solicitud de divorcio fundamentado en el artículo 185-A del CÓDIGO CIVIL, junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. Y vista la solicitud presentada por los ciudadanos OMAR DIAZ ANGULO y ALIS MARGARITA PARRA DE DIAZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, Titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 5.448.348 y 9.048.779, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábiles, debidamente asistidos por el abogado OMAR DIAZ ANGULO, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 72.248, de este domicilio y hábil, POR: DIVORCIO, de acuerdo a lo previsto en el artículo 185 - A del Código Civil Venezolano vigente, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Pú.....