DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su incompetencia por razón de la materia para conocer de la Intimación de Costas, Costos y Honorarios Profesionales, interpuesta por el Abg. José Luis Vázquez, en su propio nombre; por lo que DECLINA la competencia para conocer de la presente acción en el Juzgado de Primera Instancia en materia Civil que por distribución corresponda tomando en cuenta la cuantía establecida por la parte intimante.
SEGUNDO: Se ordena remitir original del presente cuaderno al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil de esta Circunscripción Judicial, para que realice la distribución correspondiente, el cual es el competente para conocer de dicha reclamación, una vez transcu.....