TERCERO: Por las razones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 03 del CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Acuerda, de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, mantiene privado de su libertad al acusado: JEAN PIERO RINCON ALVAREZ, de 24 años de edad, titular de la cedula N° V-16.081.364, domiciliado en Maracaibo Barrio El Progreso, calle Unión, casa 19ª-131, ayudante de Conserje, hijo de ANGELIS RINCON Y INDRID ALVAREZ, soltero, por la comision del delito de Robo Arrebatón en agravio de NAYLA SAABEDRA MOLINA, déjese copia y notifíquese a las partes del contenido de esta decisión.--------------------------
El Juez,
ABG. WALTER J. GONZALEZ G.-
La Secretaria,
ABG. Doris Ramírez.-
Se libraron Notificaciones Números______________________________.-
Sria.