PRIMERO: Se homologa el acuerdo alcanzado en los términos expuestos, impartiéndosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Desistida la apelación interpuesta por la profesional del derecho Marisol Uribe Fernández, en su condición de apoderada judicial de la parte accionada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el Parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen una vez que quede firme la presente decisión, y se remita al archivo judicial, en forma definitiva por constar en autos el cumplimiento del pago realizado por la demandada.