DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por los Abogados en ejercicio HAZAEL MOLINA y HAZAEL JOHAN MOLINA VILLAZMIL venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-3.960.831 y V-16.664.044 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 19.510 y 118.454 en su orden respectivo, domiciliados es esta Ciudad de Mérida y jurídicamente hábiles, actuando como endosatarios en procuración de la ciudadana YUBILIS BEATRIZ GONZÁLEZ PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.429.882, de este domicilio y civilmente hábil, en su carácter de Beneficiaria de la Letra de Cambio objeto de la pretensión, en contra de la ciudadana LUZ MARINA LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V 8.041.354, domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, en su carácter de Librada Aceptante de la Letra de Cambio objeto de la pretensión, debidamente representada por las Abogadas en ejercicio MERARI.....