DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la solicitud presentada por el ciudadano abogado: FIDEL LEONARDO MONSALVE MORENO, procediendoen su carácter de Defensor Privado del imputado, ciudadano: YOHAM EULISES GIL CASTELLANO, titular de la cédula de identidad No. V-16.019.289, y en consecuencia, revoca la Medida Privativa de Libertad dictada en su contra, y en su lugar le impone una Medida Cautelar Sustitutiva, consistente en la Presentación Personal por ante el Cuerpo del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal, una vez cada Veinte (20) días, además de la Prohibición de Salida de la Jurisdicción del Estado Mérida, sin la autorización expresa del Tribunal de la Causa, y la Obligación de Comparecer a.....