PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud, en función de corresponder a este Juzgado Superior Agrario la competencia de conocer de la presente acción, ya que se encuentra involucrado un Ente agrario como lo es el Instituto Nacional de Tierras. Y así se decide.-
SEGUNDO: se DECRETA medida autosatisfactiva de protección a la producción agrícola sobre el lote de terreno denominado "Villa del Socorro", ubicado en el sector Villa del Socorro, parroquia Capital Tovar, municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida en un área de veinte hectáreas aproximadamente (20 Ha). Dicha medida conforme al ciclo biológico que se desprende en la unidad de producción en por un (1) año, contado a partir de la publicación del presente fallo de conformidad con la sentencia vinculante dictada en el expediente N° 13-0485, en fecha veintinueve (29) de julio de dos mil trece (2013) por el Tribunal Supremo de Justicia, En Sala Constitucional, Magistrada Ponente: Luisa Estella Morales.....