DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante HILDA CRISTINA GRASSI DE ANDRADES , quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.471.933 . A los ciudadanos: con el carácter de cónyuge EFREN DE JESUS ANDRADES LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-2.603.503, y a sus hijos legítimos VICTOR JUAN ANDRADES GRASSI; FRANCISCO ANTONIO ANDRADES GRASSI; JESUS ENRIQUE ANDRADES GRASSI, y SILVIA ELENA ANDRADES GRASSI, Venezolanos Titulares de la cedulas de identidad N° V.-12.779.136; V.-12.779.135; V.-.....