En mérito a las consideraciones que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente causa en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 08 de julio de 2013 (f. 51), por el abogado en ejercicio IVÁN GOLFREDO MALDONADO PÉREZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana MARÍA ÁNGELA PAREDES DE VILLARREAL, contra la decisión de fecha 04 de julio de 2013 (fs. 45 al 50), dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, que declaró sin lugar la oposición a la rendición de cuentas, incoada por los ciudadanos PANTALION PAREDES GONZÁLEZ, AMÉRICO PAREDES GONZÁLEZ, MARÍA DEL ROSARIO PARE.....