El Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1) Ejecuta la sentencia condenatoria dictada en contra del penado Daniel Enrique Molina Duran por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 11 de mayo de 2009. 2)Acumula las penas dictadas en contra del ciudadano DANIEL ENRIQUE MOLINA DURÁN, (identificado en autos) en virtud de lo cual deberá cumplir la pena principal definitiva de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley previstas en el artículo 13 del Código Penal, es decir: 1º La interdicción civil durante el tiempo de la pena; 2º La Inhabilitación política mientras dure la pena; 3º La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine. 3) Ordena proceder a ejecutar la confiscación del arma de fuego incautada en autos, conforme a lo ordena.....