este Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello y Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las presentes actuaciones "TITULO SUFICIENTE Y BASTANTE PARA PERPETUA MEMORIA", y declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante MANUEL CARLOS REYES, a su cónyuge CARMEN MACHIN DE CARLOS y a sus hijos ROBERTO CARLOS MACHIN, EFREN CARLOS MACHIN, INES CARLOS MACHIN, CESAR MANUEL CARLOS GIL Y JESUS MANUEL CARLOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. E-696.990, 9.328.282, 9.328.283, 9.172.932, 22.487.010 y 16.351.153, respectivamente, domiciliados en El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, en su orden, quedando a salvo en todo caso los derechos a terceros. ASI.....