PRIMERO: Se homologa el acuerdo alcanzado en los términos expuestos, impartiéndosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se declara desistido el recurso de apelación interpuesto por el interpuesto por el abogado Daniel Enrique Quintero Sutil, contra la sentencia definitiva proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 26 de abril de 2011.
TERCERO: Se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen cuando se declare firme la presente decisión para las anotaciones correspondientes, a los fines del cierre al archivo definitivo del mismo.
CUARTO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el Parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.