PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio por Desafecto formulada de conformidad con el artículo 185 del Código Civil, y la Sentencia Vinculante N° 1.070, de fecha 9 de diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y la Sentencia N° 136, de fecha 30 de marzo de 2017, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: MARIA DIGNA LACRUZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 17.341.066 y CESAR LUIS ANDRADE MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad .....