Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCION y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa seguida por el ciudadano NESTOR ENRIQUE PEÑA PUERTA, venezolano, mayor de edad, casado, Técnico Radiólogo, titular de la cédula de identidad Nro. 2.737.824, domiciliado en Casa S/N, Sector La Lagunita, Parroquia La Palmita, Municipio Javier Picón González del Estado Mérida, asistido por la Abogado Rosa Andreina Delgado Larios, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 109.519, titular de la cédula de identidad Nro. 14.244.898.
Con fundamento en lo previsto por el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
Notifíquese a la parte actora.
PUBLIQUESE, CÓPIESE Y REGÍSTR.....