administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Único: Rechaza el nombramiento del defensor OSCAR RAMÓN SOSA ROJAS hecho por el acusado MAURO CAMACHO GONZÁLEZ. Y ordena que el proceso siga su cauce con el defensor público ya constituido, dejando a salvo, claro está, el derecho de nombrar a cualesquiera otro profesional del derecho respecto al cual previamente no exista declaratoria de abandono de defensa. En el entendido aquí advertido, que tal ejercicio debe ser oportuno y no intempestivo y con fines de obstrucción respecto al juicio oral y público convocado ¿en el caso bajo examen- para el venidero día diez de marzo del año dos mil cuatro (10/03/2004). Así se decide. Notifíquese a las partes y defensora pública del acusado MAURO CAMACHO GONZÁLEZ. Cúmplase.(...)¿
Vista la declaratoria de abandono de defensa, citada ut supra, no queda otra alternativa a este juzgador que acogerla y EXCLUIR AL ABOGADO OSCAR RAMON SOSA ROJAS, del presente proceso,.....