DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Accidental De Juicio De La Sección Adolescentes Del Circuito Judicial Penal Del Estado Merida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: por expresa remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, con fundamento en los artículos 318 numeral 3° y 48 ordinal 8º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa a favor del joven otrora adolescente (identidad omitida), por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de los ciudadanos RAMIREZ JEAN CARLOS y ARISMENDI LENNY EDITH. en virtud de lo cual se le otorga la libertad por la presente causa penal. Se ofició al SIIPOL informando que se deja sin efecto la vigencia de la orden de captura que pesa por este Asunto Penal en contra del otrora precitado a.....