Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Condena al ciudadano AGUSTIN ALVAREZ PÉREZ, identificado como venezolano, edad 23 años, fecha de nacimiento 22-06-81, titular de la Cédula de Identidad nro. 18.499.038, hijo de Agustin Alvarez y de María Pérez de Enaho, domiciliado en Aldea Villa Socorro, del Municipio Tovar del estado Mérida; a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal vigente, por la comisión del delito de por el delito de HURTO SIMPLE DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el Artículo 1 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores.
SEGUNDO: Por cuanto el sentenciado se encuentra actualmente en libertad, se acuerda que se mantenga bajó la medida cautelar de presentación impuesta por el Tribunal de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de junio de 2004, hasta tanto el Tribunal .....