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Decisiones del dia 16/09/2008

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : E1-684-08 N° Sentencia : Fecha: 16/09/2008
Procedimiento:
Auto
Partes:
FISCALIA DOCE
Resumen:
DISPOSITIVA El tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 01 de la sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 173, 679 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en relación con lo expresado al adolescente antes mencionado se le deberá imponer la sanción de amonestación verbal debiendo levantar el acta respectiva. Una vez ejecutada la única sanción, se deberá declarar la cesación de la sanción y se ordenará la libertad plena. Se fija para el viernes 03 de octubre del año en curso hora 9:00 A.m. para la imposición de la presente decisión. Notifíquese, cítese. Diarícese, regístrese y Cúmplase. LA JUEZA DE EJECUCION NO. 01 MIRNA EGLE MARQUINA LA SECRETARIA ______________ En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. .....
Juez/Ponente:
Mirna Egle Marquina
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
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N° Expediente : E1-683-08 N° Sentencia : Fecha: 16/09/2008
Procedimiento:
Auto
Partes:
FISCALILA DOCE
Resumen:
El tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 01 de la sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 173, 679 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en relación con lo expresado el adolescente antes mencionado deberá cumplir la sanción de REGLAS DE CONDUCTA (Art.624 LOPNA), por el lapso de OCHO (08) MESES, contados a partir del ejecútese de la sentencia finalizando en fecha TRES (03) DE JUNIO DE DOS MIL NUEVE (2009. SEGUNDO: Al adolescente se le explicará en forma clara y sencilla el contenido del artículo 647 literal e de la ley Orgánica para la protección del Niño y del adolescente, cuya revisión se deberá efectuar en un lapso no mayor de seis meses, el cual corresponde como fecha provisional el 03-04-2009. CUARTO: Al adol.....
Juez/Ponente:
Mirna Egle Marquina
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
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