:Se ADMITE LA ACUSACIÓN FISCAL, así como los MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS, y DECLARA PROCEDENTE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con el artículo 42 del COPP, a favor del acusado ELFIDIO FRANYER RANGEL; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado artículo 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana DULCE MARISELA LOBO, acordándosele un PLAZO DE RÉGIMEN DE PRUEBA De UN (01) AÑO CONTADO A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA 13 DE SEPTIEMBRE DE 2010 HASTA EL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2011.Se fundamenta la presente decisión en los artículos 1, 2, 44 de la CRBV, y 125, 130,131, y artículos 3, numeral 2, 372, 373 y primer aparte del 531 del COPP.