1.- SE DECRETÓ LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, (en lo adelante COPP), en contra del imputado JHON JAIRO FLOREZ CASTILLO, por el delito de PORTE ILÍCTO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en perjuicio del ORDEN PÚBLICO. Todo conforme a los arts. 44 num. 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 248 del COPP. 2.- Procedimiento ORDINARIO art 373 del COPP. En consecuencia una vez transcurra lapso legal, remitir actuaciones al Ministerio Público. 3.- Medida Cautelar art 256.9 del COPP correspondiente:"atender a las citaciones o notificaciones expedidas por el Tribunal o Ministerio Público, en relación a la presente causa". 4. Expedir boleta libertad. 5.- Expedir copia simple a la Defensa. 5.- Partes notificadas art 177 del COPP.