DECISIÓN
En mérito de las consideraciones que anteceden este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, la Constitución y sus leyes declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, que interpusiera el ciudadano JOSE HONEGGER MOLINA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.778.057, a través de su apoderada judicial abogado MELANIE LOBO BENITEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 115.327, en contra de la ciudadana CARMEN FAVIOLA MOLINA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.151.069, representada por la abogado YANETH CAROLINA GARCIA DE GRIMA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 116.687, según consta del poder autenticado por ante la Notaria Pública Primera del Estado.....