El Tribunal dictó sentencia declarando: PRIMERO: Consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguida por la ciudadana LISBETH REBECA LAMUS RUIZ, venezolana, mayor de edad, casada, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V-10.334.578, domiciliada en la ciudad del El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, asistida por la abogada DUNIA CHIRINOS LAMUS RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.929.732, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 10.469, domiciliada en El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, por el cual solicitó inspección judicial, en el fundo agropecuario conocido como la Mano de Dios, ubicado en la Carretera Panamericana, Vía Caja Seca, más abajo de la Hacienda Bramaderos, después del sector Las Rurales, en jurisdicción de la Parroquia Santa Elena, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Bolivar.....