Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL No 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano ROMEL MORA WALTER, titular de la cédula de identidad N°13.558.691, residenciado en la Urb. Bubuqui VI, calle principal, casa N° 57, El Vigía, Estado Mérida; por la comisión del delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RAMIREZ FELIX ARFILIO, titular de la cédula de identidad N° 10.235.407, residenciado en el Barrio La Inmaculada, avenida 11, N° 8-9, El Vigía, Estado Mérida. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 numeral 7 Ejusdem. Notifíquese de la presente decisión al Fiscal de Transición del Ministerio Público. En cuanto.....