PRIMERO: Decreta con lugar la Aprehensión en Situación de Flagrancia del ciudadano CESAR FRANKLIN SANCHEZ OVALLES, suficientemente identificado, por la comisión del delito de AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Sobre La Violencia Contra La Mujer y La Familia, en perjuicio de la ciudadana ANA MARIA JIMENEZ BRAVO, por encontrarse llenos los extremos a que se contrae el artículo 248 del COPP y así se decide.
SEGUNDO: Se decreta con lugar el Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 373 del COPP, acordando remitir las actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Mérida, una vez vencido el lapso de ley, y así se decide.
TERCERO: Se le impone al imputado de autos las medidas cautelares sustitutivas contenidas en el artículo 256 ordinales 3º y 9º del COPP, consistente en la prohibición de agredir física y verbalmente a la víctima y la presentación por ante el Cuerpo de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cada Quince.....