Primero: CON LUGAR la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana YRIA YRENE CARRERO GUILLEN DE GOMEZ, contra la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, en la persona del Rector, ciudadano Mario Bonucci.
Segundo: Se ordena ciudadano Mario Bonucci, como Rector de la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, que cumpla de manera inmediata con la Providencia Administrativa Nº 0109-2009, de fecha 18 de septiembre de 2009, proferida por la Inspectoría del Trabajo del Estado Mérida, que ordenó el Reenganche y Pago de Salarios Caídos de la accionante.
Tercero: Se condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Cuarto: De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley Orgánica de amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el presente mandamiento debe ser acatado por todas las autoridades de la República, so pena de incurrir en desobediencia de la autoridad, teniendo la consecuencia tipificada en el artículo 31 ejusdem. .....