se declara INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA para conocer y decidir la presente causa incoada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO VARELA DÍAZ Como consecuencia, de la anterior declaratoria se DECLINA LA COMPETENCIA, para el Tribunal de los Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas, de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, al que por distribución corresponda