Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la aprehensión en situación de flagrancia del ciudadano Rómulo Enrique Briceño Carriles, por considerar que se dan los supuestos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Precalifica la conducta desplegada por el imputado de autos, en los delitos de Desvalijamiento de Vehículo Automotores frustrado, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el artículo 80 del Código Penal y de Daños Materiales, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, en concordancia con el artículo 75, único aparte, del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Acuerda tramitar la presente causa por el procedimiento abrev.....