1.- ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por JOSÉ GREGORIO RINCON IZARRA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.020.619, contra la Sociedad Mercantil EMPRESA CONSTRUCCIONES LOSE C.A, anteriormente identificada, en la persona del ciudadano CESAR LOBO LACRUZ, cédula de identidad N° 3.078.025, en su condición de Representante Legal.
2.- ORDENA:
1. Notificar al Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida de conformidad a lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, haciéndole saber la apertura del presente procedimiento líbrese boleta de notificación, anexándole copia fotostática certificada del escrito de amparo y del presente auto de admisión.
2. Notificar mediante oficio a la Sociedad Mercantil EMPRESA CONSTRUCCIONES LOSE C.A, anteriormente identificada, en la persona del ciudadano CESAR LOBO LACRUZ, cédula de identidad número V.- 3.078.025, en su cond.....