1.- ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS UZCATEGUI QUINTERO, titular de las cedula de identidad Nº V-17.455.606, contra el INSTITUTO DE PREVISIÓN DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (I.P.P.U.L.A), en la persona del ciudadano LUIS WILLIAMS CESAR LOAIZA RINCÓN, en su condición de Presidente, domiciliado en esta ciudad de Mérida Estado Mérida
ORDENA:
1. Notificar al Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida de conformidad a lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, haciéndole saber la apertura del presente procedimiento. Líbrese la boleta de notificación, anexándole copia fotostática certificada del escrito de amparo y del presente auto de admisión.
2. Notificar mediante oficio al ciudadano LUIS WILLIAMS CESAR LOAIZA RINCÓN, en su condición de Presidente, del INSTITUTO DE PREVISIÓN DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS.....