Este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por la ciudadana EDILMA ZAMBRANO DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-14.053.512, y reconocida por el ciudadano ANGEL ANTONIO DIAZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-10.237.384, domiciliado en el sector Caño Amarillo, calle principal, casa S/N, El Vigía Estado Mérida.