En base a los argumentos antes expuestos, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA A FAVOR DE de: YANELLYS SOSA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.832.742, fecha de nacimiento 25-02-1999, hija de Oliria Rojas (v) y Adolfo Sosa, teléfono 04261893718, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE. En consecuencia notifíquese a todas las partes de la presente decisión y líbrense Boleta de notificación. Una vez firme la presente decisión, se ordena su remisión al archivo Judicial de esta Entidad Federal. Regístrese y déjese copia. Diarícese y Cúmplase.