DECISIÓN
En consecuencia este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio por mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos OSMANI VELAZCO Y MARÍA YRIA MORA DE VELAZCO , venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 10.902.568 y V- 10.242.083, respectivamente, domiciliados, en el sector E Mirador, Municipio Antonio Pinto Salinas del estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistidos por el Abogado JOSÉ SILVIO MORA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.623.571, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 130.641, domiciliado en la población de Santa Cruz de Mora , Municipio A.....