Vistas las exposiciones anteriores para decidir este Tribunal hace las siguientes consideraciones: PRIMERO: De conformidad a lo establecido en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil y dando cumplimiento a la comisión conferida, Declara Secuestrado el vehículo anteriormente identificado. SEGUNDO: Designa como depositaria a la Depositaria Judicial Lex S.A quien deberá cuidar el bien como un buen padre de familia.