DECISIÓN:
ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Se declara con lugar la Solicitud de Prorroga, presentada por la Representante de la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público, y se acuerda el lapso de quince (15) días, contados a partir del día 28-02-11, para la presentación del Acto Conclusivo en la presente causa, seguida los imputados RAMONA DEL CARMEN MESA MARQUEZ, MIGUEL EDUARDO FLORES MARÍN y JOSÉ RAMÓN FLORES COLMENARES, siendo decretada en esa oportunidad Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la comisión del delito de Robo Agravado y Lesiones Leves, previstos y sancionados en los artículos 458 y 416 del Código Penal y uso de adolescente para delinquir, previsto y sancionado en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, todo de conformidad con lo .....