Por decisión de ésta fecha se DECLARA LA EXTINCIÓN TANTO DE LA PENA PRINCIPAL COMO DE LAS ACCESORIAS IMPUESTAS AL RUPERTO URDANETA ZAMBRANO, venezolano, de 45 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.397.179; en virtud del INDULTO PRESIDENCIAL, que le fuera otorgado y publicado en Gaceta Oficial N° 39.581 de fecha 27/12/2010, que contiene el Decreto 7.934, con apego a lo establecido en el numeral 19 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; todo ello en el asunto seguido por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en concordancia con los artículos 84 y 426 ejusdem, en perjuicio de JOSÉ DANIEL DÍAZ ROJAS.-