ESTE JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN Nº 2013-0006; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 6º del articulo 346 del vigente Código de Procedimiento Civil; referida al defecto de forma de la demanda previsto en los ordinales 2º y 5º del artículo 340 eiusdem, interpuestas por las Ciudadanas: MARBELLA JESÙS TIAPA VELIZ y DIANORIS MALDONADO MÁRQUEZ en representación de la Asociación Civil Sin Fines de Lucro "Las Hormiguitas". ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber sido vencida en la incidencia de cuestiones previas, de conformidad con el artículo 357 en concordancia con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE
TERCERO: En virtud de la decla.....