L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hecho y de derecho que han sido en forma pormenorizada reseñados en la parte motiva del presente dictamen; ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, en consecuencia; ténganse como Únicas y Universales Herederas del causante SIMON CASTRILLO BUITRAGO, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 644.201, quien falleció ab-intestato el 04 de marzo de 2019, según consta en Acta de Defunción emanada del Registro Civil de Madrid, Tomo 01246, página 065 de la sección 3ª del referido Registro Civil del 05 de marzo de 2019 folio habilitado para legali.....