Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Tomando en consideración lo solicitado por la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, en razón de que los hechos en los cuales se encuentra subsumida la conducta desplegada por el adolescente, se corresponden con el delito de Daños a la Propiedad, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 473 del Código Penal, siendo éste uno de los delitos que sólo procede a instancia de parte agraviada, con fundamento en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se decreta y ordena la libertad plena del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA). A tales efectos, se ordena librar la correspondiente boleta de libertad, remitiéndose mediante oficio a la .....