Una vez iniciada la Audiencia Preliminar concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre todos los puntos demandados, por la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,00),... así mismo la parte patronal se compromete en este acto a inscribir al ciudadano CRISTIAN FERNANDO UZCATEGUI SALAS, antes identificado en el Instituto Venezolano del Seguro Social, y de cancelar en dicho instituto los meses en que efectivamente presto servicio el trabajador antes identificado (7 meses),... Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.