Por lo antes expuesto este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA en contra del imputado GLODULFO ANTONIO PEREZ ARIAS, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previstos y sancionados en los artículos 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano José Gregorio Araujo, por los hechos expuestos en forma oral por la Fiscal del Ministerio Publico. SEGUNDO: Acuerda, a solicitud del Ministerio Público, la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, una vez firme la presente decisión se remitirá a la Fiscalía Séptima de Proceso del Ministerio Publico. TERCERO: En cuanto a la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva.....