DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: Se declara con lugar la Aprehensión en Flagrancia del imputado JOSÉ DAVID LIZARAZO PEÑA, ya identificado, por cuanto están llenos los supuestos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Este Tribunal comparte la precalificación jurídica dada por el Ministerio Público, es decir, al delito de ULTRAJE A FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 222.1 del Código Penal Venezolano.
TERCERO: Se declara la aplicación del procedimiento Abreviado de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena la remisión de la causa al Tribunal Unipersonal de Juicio, una vez firme la presente decisión.
CUARTO: Se declara con lugar la solicitu.....